REGLA 1 - AUTORIDAD LEGAL
Este Reglamento se promulga de conformidad con los poderes conferidos al Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor, por virtud de las Leyes Núm. 48 del 22 de agosto de 1990, Núm. 5 de 23 de abril de 1973 y Núm. 228 de 12 de mayo de 1942, según respectivamente enmendadas.
REGLA 2 - PROPOSITO
Este Reglamento tiene el propósito de proteger la salud, la seguridad y el bienestar de los estudiantes, establecer los requisitos que deberán satisfacer los negocios de hospedajes para estudiantes y promover el mejoramiento continuo de éstos, mediante la garantía de un clima propicio al estudio.
Ver
el reglamento del Departamento de Asutos
del Consumidor (DACO) (110KB; formato PDF) >>
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